En esta fase hemos barajado las distintas formas jurídicas para iniciar nuestra actividad como empresa. Hemos elegido la Sociedad Limitada Nueva Empresa debido a las ventajas que posee :
- Rápida constitución: Si elige la tramitación telemática y los estatutos sociales orientativos, en sólo 48 horas el emprendedor podrá tener su empresa constituida.
- Denominación social especial: Al estar compuesta del nombre y apellidos de uno de los socios y el id-circe, el trámite con el Registro Mercantil se hace en menos de 24 horas frente a los tres días hábiles para otros tipos de denominación social.
- Objeto social genérico
- Órganos sociales sencillos
- Convocatoria Junta General. La Sociedad Limitada Nueva Empresa puede convocarse de la forma habitual.
- Modificación gratuita de la denominación social, durante los tres meses posteriores a su constitución.
- El libro de registro de los socios no es obligatorio.
- Tener que inscribirse en el Registro Mercantil
- Tener que llevar una Contabilidad aunque esta sea simplificada.
Por último, hemos recopilado los servicios exteriores para el desarrollo de nuestra actividad que son los siguientes:
- Limpieza
- Prevención de Riesgos Laborales
- Luz- Teléfono -Agua para los 3 últimos años.
- Alquiler del local.
- Imprenta.
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